La caldera es el corazón térmico de la vivienda. En los últimos años, la normativa ha evolucionado para exigir equipos de condensación que no solo consumen menos, sino que son mucho más seguros. Aquí explicamos cómo se elige una caldera, qué exige el RITE para su instalación y cómo se asegura una evacuación de humos correcta en edificios de pisos.
Condensación: por qué es obligatoria
Desde la entrada en vigor del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), las calderas que se instalan en viviendas deben ser de condensación. A diferencia de las antiguas calderas atmosféricas o estancas convencionales, estas aprovechan el calor latente del vapor de agua contenido en los gases de la combustión.
Esto supone dos cambios operativos:
- Ahorro energético: el rendimiento supera el 100% sobre el poder calorífico inferior, lo que se traduce en una reducción directa de la factura de gas.
- Desagüe de condensados: la caldera genera un goteo constante de agua ácida que debe canalizarse a un desagüe cercano mediante tubería de PVC o polipropileno. No se puede dejar que gotee libremente por la fachada.
Potencia necesaria: calefacción vs ACS
El error más común es dimensionar la caldera solo por los metros de la casa. En un piso estándar, la potencia necesaria para calefacción suele ser baja (10-15 kW), pero la que manda es la potencia para Agua Caliente Sanitaria (ACS).
- 24-25 kW: Estándar para un baño y cocina. Permite una ducha cómoda con buen caudal.
- 30 kW o más: Necesaria si se quieren usar dos duchas simultáneamente sin que caiga la temperatura.
Si la caldera se queda corta en potencia instantánea, la experiencia de uso en el baño será deficiente, independientemente de lo bien que funcionen los radiadores.
La evacuación de humos y la seguridad
La salida de humos es el punto más crítico de la instalación. En edificios de propiedad horizontal, la normativa prohíbe las salidas directas a fachada si existe una chimenea comunitaria al tejado, salvo excepciones muy específicas en reposición.
Factores de seguridad a revisar:
- Estanqueidad: La cámara de combustión es estanca; el aire se coge de fuera y los humos se expulsan forzados por un ventilador.
- Pendiente del tubo: A diferencia de las calderas antiguas, el tubo de una caldera de condensación debe tener pendiente hacia la caldera para que el vapor condensado retorne y baje por el desagüe interno.
- Materiales: El tubo debe ser de material resistente a la corrosión ácida, generalmente polipropileno de alta densidad.
Mantenimiento y legalización
Instalar una caldera no es solo colgarla en la pared. Al ser una instalación de gas y térmica, requiere:
- Certificado de instalación: Emitido por un instalador habilitado, que garantiza que el equipo cumple el RITE y el Reglamento de Gas.
- Análisis de combustión: En la puesta en marcha se miden los niveles de CO y CO2 para asegurar que la mezcla es óptima y segura.
- Revisiones obligatorias: El fabricante marca la periodicidad del mantenimiento del aparato (generalmente anual o bienal), mientras que la distribuidora de gas realiza la inspección periódica de la instalación cada 5 años.
Averías comunes en calderas de gas
Muchos problemas no son fallos del equipo, sino del entorno:
- Bloqueo por falta de presión: Si el circuito baja de 1 bar, la caldera se detiene por seguridad. Se soluciona abriendo la llave de llenado hasta 1,2 - 1,5 bar.
- Fallo de encendido: Puede ser suciedad en el electrodo de ionización o falta de suministro de gas.
- Ruido de aire: Indica que hay que purgar los radiadores o que el circulador está cavitando.
- Error de evacuación: Suele pasar en días de mucho viento o si hay una obstrucción en el conducto de humos.
Instalación, sustitución o revisión: tres encargos distintos
Conviene no mezclar estos tres trabajos al pedir presupuesto, porque cada uno tiene un alcance diferente:
- Instalación nueva: la vivienda no tenía caldera de gas antes, o se cambia de sistema (por ejemplo, de eléctrico a gas). Implica llevar acometida de gas si no existe, salida de humos nueva y, en muchos casos, proyecto o memoria técnica según la potencia.
- Sustitución: se retira una caldera antigua y se coloca una nueva en el mismo punto. Si el modelo nuevo es de condensación y el anterior no lo era, hay que revisar si el tubo de humos existente aguanta la corrosión ácida o hace falta cambiarlo, y añadir el desagüe de condensados si no estaba previsto.
- Revisión o mantenimiento anual: no cambia el equipo. El técnico limpia el quemador, comprueba estanqueidad, mide la combustión y verifica presión y vaso de expansión. Es la visita que exige el fabricante para no perder la garantía y la que marca la distribuidora de gas.
Quien llama pidiendo "arreglar la caldera" a veces necesita en realidad una sustitución, porque reparar un componente concreto en un equipo con muchos años no siempre compensa frente a cambiar el aparato.
La caldera pierde presión: cómo se diagnostica
Perder presión una vez, tras purgar radiadores, es normal. Perder presión de forma repetida no lo es, y conviene seguir este orden antes de decidir nada:
- Comprobar el manómetro en frío: por debajo de 1 bar, la caldera se bloquea; se rellena hasta 1,2-1,5 bar y se anota la fecha.
- Vigilar si vuelve a bajar en pocos días. Si tarda semanas, puede ser una pequeña pérdida por el purgador automático del vaso de expansión o por una junta que ha perdido estanqueidad con el tiempo.
- Buscar manchas de agua bajo la caldera, en radiadores o en el suelo cerca de tuberías vistas: ahí está la fuga si es rápida.
- Si no hay fuga visible y la presión sigue bajando, el vaso de expansión puede haber perdido su carga de aire y hay que revisarlo, no solo rellenar agua una y otra vez.
Rellenar sin localizar el origen solo retrasa el diagnóstico: la caldera volverá a bloquearse por seguridad.
Preguntas frecuentes
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Fuentes consultadas
- Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios — Boletín Oficial del Estado (2026-09-06)
- Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos — Boletín Oficial del Estado (2026-09-06)



