Can Serra se levantó como un conjunto compacto de bloques y torres entre finales de los años cincuenta y los setenta [1](https://ireneu.blogspot.com/2023/04/historia-can-serra-1.html), con una fase de crecimiento que coincidió con la generalización de electrodomésticos que antes no formaban parte de una vivienda estándar. Esa combinación de antigüedad y construcción concentrada plantea dos cuestiones eléctricas distintas: la instalación interior de cada piso y las instalaciones comunes del edificio, con normativa y responsabilidades diferentes para cada una.
Grado de electrificación: qué revisar en un piso de los años sesenta o setenta
La instrucción técnica ITC-BT-25 del Reglamento electrotécnico para baja tensión regula el número de circuitos y las características de las instalaciones interiores en viviendas, distinguiendo entre grado de electrificación básico y elevado en función de la previsión de consumo [2](https://direct-electro.es/files/reglamentobajatension/ITC_BT_25.pdf). Una vivienda construida antes de la aprobación del actual REBT en 2002 [3](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-18099) fue proyectada con un número de circuitos y una previsión de potencia pensados para el equipamiento doméstico de su época, muy inferior al de un hogar con aire acondicionado, placa de inducción o varios cargadores simultáneos.
En un piso de Can Serra que no ha renovado su instalación interior desde la construcción del edificio, conviene comprobar cuántos circuitos independientes tiene el cuadro y si el diferencial y los magnetotérmicos responden a la normativa vigente, antes de dar por hecho que la instalación soporta sin más el consumo actual.
Instalaciones eléctricas comunes: ascensor, portero automático y alumbrado de escalera
En un edificio de bloque o torre, además del cuadro de cada piso existe una instalación eléctrica común que alimenta el ascensor, el portero automático, el alumbrado de escalera y, en algunos casos, bombas de grupo de presión de agua. La Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal, atribuye a la comunidad de propietarios la conservación de los elementos y servicios comunes del edificio [4](https://www.boe.es/eli/es/l/1960/07/21/49/con/20250625), de manera que una avería en el alumbrado de escalera o en la alimentación del ascensor no se resuelve como una incidencia del piso, sino como una actuación acordada y sufragada por la comunidad.
En edificios con un número elevado de plantas, como es habitual en las torres del barrio, esta distinción es especialmente relevante porque una avería en un servicio común afecta a todos los vecinos por igual, no solo a quien la detecta primero.
Instalación original y adaptaciones posteriores
En una vivienda de esta antigüedad puede darse que parte del cableado original conviva con ampliaciones o adaptaciones realizadas en distintos momentos, por ejemplo al incorporar aire acondicionado o electrodomésticos de mayor potencia. Antes de dar por buena una ampliación puntual —añadir un enchufe o un circuito para un aparato nuevo— conviene comprobar el estado del cuadro general y de la toma de tierra, porque una instalación de origen puede no disponer de las protecciones diferenciales que exige el REBT actual para instalaciones nuevas.
Qué corresponde al propietario y qué a la comunidad en la práctica
Cuando el problema está dentro del piso —un enchufe que no funciona, un circuito que salta, la necesidad de más potencia contratada— la decisión y el coste son del propietario. Cuando el problema está en un elemento compartido —luz de escalera, alimentación del ascensor, portero automático— corresponde plantearlo a la comunidad de propietarios, que deberá acordar la reparación conforme a la Ley de Propiedad Horizontal. En un edificio de Can Serra con muchas viviendas por escalera, esta distinción evita que un propietario asuma individualmente el coste de una reparación que es de todos.
Antes de llamar a un electricista en Can Serra
- Comprobar cuántos circuitos independientes tiene el cuadro del piso antes de asumir que la instalación soporta el consumo actual.
- Si la avería afecta a la luz de escalera, al ascensor o al portero automático, tratarla como incidencia de elemento común y plantearla a la comunidad.
- Antes de ampliar la instalación para un aparato nuevo, comprobar el estado del cuadro general y de la toma de tierra.
- En instalaciones de origen sin renovar, valorar si el grado de electrificación sigue siendo adecuado al equipamiento doméstico actual.
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Fuentes consultadas
- Can Serra, historia del pelotazo urbanístico hecho barrio (1) — Ireneu (blog de investigación histórica local) (2026-09-07)
- ITC-BT-25. Instalaciones interiores en viviendas. Número de circuitos y características — Ministerio de Ciencia y Tecnología / REBT (2026-09-07)
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión — BOE (2026-09-07)
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal (texto consolidado) — BOE (2026-09-07)
